Description: MINISTERIO DE TRANSPORTEAGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURARESOLUCION 713 DE MAYO DE 2014 POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA DE UTILIDAD PUBLICA E INTERES SOCIAL UN PROYECTO DE INFRAESTRUCTURA VIAL (VIA PACIFICO TRES - LA VIRGINIA - LA MANUELA - LA PINTADA)EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURAEn uso de sus atribuciones Constitucionales y legales y especialmente de las que le confiere los artículos 19 de la Ley 16825 de 2013 y los numerales 9 del artículo 4 y 1 del artículo 11 del Decreto 4165 de 2011, y CONSIDERANDO….RESUELVEARTICULO PRIMERO.-Declárase de utilidad pública e interés social el Proyecto Autopista Conexión Pacifico 3 La Virginia y La Manuela- La Pintada Autopistas para la Prosperidad.ARTICULO SEGUNDO.-Según consta y se certifica en el memorando N° 2014-200-003.023-3 del 7 de abril de 2014, de la Vicepresidencia de Estructuración de la Agencia Nacional de Infraestructura, se considera de utilidad pública e interés social la franja de terreno del corredor vial del Proyecto Autopista Conexión Pacifico 3 La Virginia y La Manuela – La Pintada Autopistas para la Prosperidad, que se determina por las coordenadas georeferenciadas sistema Magna Sirgas, Origen Oeste, contenidas en el Anexo N° 1, el cual forma parte integral de la presente resolución.ARTICULO TERCERO. -Hace parte integral de la presente resolución el Anexo N° 2 que contiene el shape del Proyecto Autopista Conexión Pacifico 3 La Virginia y La Manuela – La Pintada Autopistas para la Prosperidad.ARTICULO CUARTO.-Comuniquese la presente resolución a la Agencia Nacional de Minería, Agencia Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, Corporaciones Autónomas Regionales – CAR, Gobernación de Antioquia, Gobernación de Caldas, Secretarias de Planeación de los Municipios de Valparaiso, Caramanta, Aguadas, Pacora, Marmato, La Merced, Supia, Riosucio, Filadelfia, Quinchía, Neira, Manizales, Palestina, Anserma, Risaralda, San José, Viterbo, Belalcazar, La Virginia, Santuario, Balboa, que comprenden las coordenadas mencionadas, con el fin de que adopten las medidas pertinentes para salvaguardar el interés público.ARTÍCULO QUINTO.-La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.LUIS FERNANDO ANDRADE MORENOPresidente Agencia Nacional de Infraestructura
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2014